24/2025 Creación del Museo Digital de Realicó
Realicó, 26 de septiembre de 2025
ORDENANZA
VISTO:
La necesidad de preservar y difundir el patrimonio histórico, cultural y social de la localidad de Realicó, utilizando herramientas tecnológicas que garanticen su resguardo y acceso para las generaciones presentes y futuras; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial de Patrimonio Cultural Nº 2083 declara de interés público las acciones destinadas a valorar, recuperar, preservar, proteger, conservar, promover y difundir el patrimonio cultural. En su artículo 2º entiende por patrimonio cultural al “conjunto de los bienes muebles e inmuebles, tangibles e intangibles cuyos valores intrínsecos los constituyen en únicos, irremplazables e insustituibles y/o que se consideran de valor testimonial o de esencial importancia para la ciencia, historia, arqueología, arte, antropología, paleontología, etnografía, lingüística, arquitectura, urbanismo y tecnología;
Que la historia de Realicó se encuentra plasmada en documentos, fotografías, objetos, relatos orales y audiovisuales que constituyen un legado invaluable para la identidad de la comunidad;
Que el paso del tiempo, el deterioro material y la dispersión de los archivos ponen en riesgo la conservación de este patrimonio, siendo necesario recurrir a mecanismos modernos de preservación;
Que el formato digital asegura mayor durabilidad, protección y accesibilidad de los contenidos, permitiendo tanto su resguardo técnico como su difusión pública;
Que la creación de un Museo Digital constituye una innovación que democratiza el acceso a la cultura, ya que los archivos podrán ser consultados por vecinos de la localidad, de la región y del país, sin limitaciones de tiempo ni espacio;
Que este proyecto no solo tiene un valor patrimonial, sino también educativo, ya que permitirá a escuelas, bibliotecas y centros culturales disponer de materiales históricos para actividades pedagógicas y de formación ciudadana;
Que el Museo Digital favorecerá el sentido de pertenencia y la construcción de identidad colectiva, fortaleciendo los vínculos comunitarios y transmitiendo a las generaciones venideras el legado de quienes forjaron la historia local;
Que, además, constituye una herramienta para la promoción cultural y turística de Realicó, proyectando hacia el exterior su acervo histórico y sus valores comunitarios;
Que este Museo Digital será un complemento al Museo Histórico Municipal, “Carlos Alberto Rodrigo”, sancionado por Ordenanza 38/2023, lo que permitirá trabajar de forma conjunta en pos de fomentar el sentido de pertenencia local y la identidad realiquense;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1º: Créase el Museo Digital de Realicó como espacio de preservación, resguardo, difusión y acceso público del patrimonio histórico, cultural, social y comunitario de la localidad.-
Artículo 2º: El Museo Digital tendrá como objetivos:
a) Reunir, digitalizar y conservar fotografías, documentos, testimonios orales, audiovisuales y cualquier otro material de valor histórico.
b) Promover la participación de la comunidad mediante la donación, préstamo o cesión digital de materiales.
c) Facilitar el acceso público a los archivos a través de una plataforma digital oficial de la Municipalidad.
d) Realizar exposiciones virtuales temáticas y actividades educativas en coordinación con las instituciones educativas y culturales.
e) Impulsar la investigación histórica y la producción cultural local, poniendo a disposición de investigadores y estudiantes los materiales digitalizados.
Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar convenios pertinentes para la implementación y sostenimiento del Museo Digital.-
Artículo 4º: El Museo Digital estará a cargo de la Secretaría de Cultura, Educación y Relaciones Institucionales y de la Dirección de Prensa y Comunicación Municipal, o las áreas que en un futuro las reemplacen.-
Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal garantizará las medidas técnicas necesarias para la conservación, digitalización y seguridad de los archivos, resguardando la integridad y autoría de los materiales.-
Artículo 6º: El Museo Digital de Realicó deberá estar accesible en formato web y podrá complementarse con exposiciones presenciales en dependencias municipales o espacios culturales.-
Artículo 7º: Este espacio podrá contar con el acompañamiento de la Junta para la Recuperación de la Historia Realiquense, la Biblioteca Popular Presidente Avellaneda, instituciones educativas, culturales y/o vecinos de la localidad, que tendrá carácter consultivo y colaborativo.-
Artículo 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal para su efecto y difusión, a la Junta para la Recuperación de la Historia Realiquense y a la Biblioteca Popular Presidente Avellaneda.-
ORDENANZA N°24/2025.
ACTA N°2433.-

