14/2024 Programa tasa al dia vecino cumplidor
Realicó 17 de mayo de 2024.-
ORDENANZA
VISTO:
El esfuerzo y compromiso del ciudadano en el cumplimiento de las obligaciones contributivas, para fortalecer de manera directa al mantenimiento de los servicios que presta el municipio a toda la localidad, sino además representa la responsabilidad asumida para con todos los vecinos; y
CONSIDERANDO:
Que se está trabajando para poder mejorar la prestación de los servicios, pero es de vital importancia para el municipio que los vecinos de Realicó den cumplimiento con el pago de las tasas municipales;
Que ante el contexto económico actual que estamos viviendo, es importante valorar y fomentar al mismo tiempo el compromiso y el esfuerzo de aquellos vecinos que cumplen con sus deberes, como es el pago de sus tasas municipales;
Que Realicó cuenta con distintas instituciones públicas como clubes, cooperadoras, asociaciones, fundaciones, entre otras, conformadas por vecinos de la localidad que trabajan desinteresadamente cumpliendo con una importante función social, donde las necesidades siempre están presentes;
Que merece ser reconocido el buen contribuyente que elige cumplir con sus obligaciones en término, y esto habla de un alto sentido de responsabilidad social para con la localidad;
Que por acciones que implican fortalecer de manera directa al mantenimiento y colaboración de los servicios que presta el municipio a toda la localidad, destacando la responsabilidad asumida para con toda la comunidad, mediante la siguiente reglamentación;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE REALICO
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA
Artículo 1º: Créase el “PROGRAMA TASA AL DIA VECINO CUMPLIDOR” mediante el cual se valora el esfuerzo y compromiso del ciudadano en el cumplimiento de las obligaciones contributivas; con la siguiente modalidad:
a) CONFECCIÓN DE LA NÓMINA: se incluirán las referencias municipales de aquellos contribuyentes que no registren deudas vencidas de tasas municipales, de los períodos mensuales del año inmediato anterior.
b) SORTEO PÚBLICO: se procederá a la realización de un sorteo anual ante Escribano Público o Juez de Paz entre las partidas de los contribuyentes que se encuentren en condiciones de participar. El mismo será abierto al público, previa convocatoria a través de los medios locales a participar del mismo. El Departamento Ejecutivo Municipal establecerá e informará fecha y horario del sorteo; dentro de los treinta (30) días siguientes del vencimiento del último periodo del año anterior.
c) CANTIDAD DE PARTIDAS BENEFICIADAS: se sortearán cinco referencias municipales, que cumplan con lo establecido en el inciso a) de la presente.
d) CONTRIBUYENTE GANADOR: el contribuyente titular de la partida sorteada elegirá una institución de la localidad e informará dentro de quince (15) días corridos el destino del aporte. El aporte a la institución designada será equivalente al 100% del monto abonado por el contribuyente sorteado, en concepto de tasas, de los períodos mensuales del año inmediato anterior.
e) EXCLUSIONES: Serán excluidas de la nómina mencionada las referencias de los funcionarios municipales, entendiéndose por tales al Intendente, sus Secretarios y/o integrantes del gabinete, Concejales, Juez de Paz y Juez de Faltas.
Artículo 2º: Instar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar una campaña de difusión del programa.----------------------------------------------------------------------------------------
Artículo 3º: Facultar al DEM a dictar los actos administrativos necesarios a los fines de formalizar e incorporar el programa “TASA AL DÍA VECINO CUMPLIDOR” a la Ordenanza Fiscal y Tarifaria 2024.---------------------------------------------------------------------------------------
Artículo 4°: Comuníquese al DEM y archívese.---------------------------------------------------------
ORDENANZA Nº 14/2024.
ACTA Nº 2378
ANEXO I