34/2020 Programa Municipal de Desarrollo Sustentable
Realicó, 30 de octubre de 2020. ORDENANZA VISTO La necesidad de generar políticas públicas, que promuevan acciones tendientes a cuidar y desarrollar de manera sustentable el medio ambiente, y CONSIDERANDO: Que es necesario generar un espacio que fortalezca la Educación ambiental y permita obtener los conocimientos y valores indispensables para alcanzar un desarrollo sustentable, de manera que, el trabajo en conjunto con Instituciones Educativas permita acentuar el sentido de pertenencia y reforzar el vínculo entre los más jóvenes y el ecosistema. Que la Constitución Nacional en su art. 41 sostiene que: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tiene el deber de preservarlo” Que la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas adoptó un plan de acción a favor de las personas, el planeta y la prosperidad, llamado Agenda 2030, para el desarrollo sostenible. Esta agenda plantea 17 objetivos con metas de carácter integrador que abarcan las esferas económica, social y ambiental. Que la provincia de La Pampa en conjunto con el Ministerio de Ambiente de La Nación presentó un Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU) el cuál prevé la participación de la localidad en el mismo y tiene como objetivo, la gestión responsable de los residuos y su aprovechamiento energético. Que la localidad cuenta con una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos, y el Programa PRO VERDE que pertenece a la Cooperativa de Servicios Públicos Realicó Ltda. (COPAGUA), quienes junto con el Municipio, los encargados de difundir el accionar de la Planta y de generar acciones y proyectos vinculados al ambiente y el tratamiento de residuos sólidos urbanos. Que es fundamental, para lograr un desarrollo sustentable, el compromiso y la participación de los vecinos y vecinas de la localidad en los temas relacionados al medio ambiente. POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE REALICO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA: Artículo 1°: Crear el “Programa Municipal de Desarrollo Sustentable”, destinado a desarrollar proyectos en conjunto con ciudadanos interesados, instituciones del medio, establecimientos educativos e instituciones de carácter provincial tendientes al desarrollo sustentable del medio ambiente. Generar un grupo de “promotores ambientales” y “multiplicadores ambientales”, personas con fuerte compromiso en el cuidado del medio ambiente y de participación activa, su rol será el de trasmitir conocimientos y fomentar en el resto de la sociedad la construcción colectiva de sostenibilidad. Implementar y ejecutar programas existentes relacionados a la temática. Generar conciencia en la población a través de diferentes campañas de difusión teniendo en cuenta un cronograma ambiental realizado para tal fin. Proyectar en conjunto con vecinos y vecinas espacios verdes en la localidad con el objetivo de mitigar la contaminación ambiental y mejorar la salud de la población.----------------------------------------------------------------------------------------------------------- Artículo 2º: Designar como autoridades de aplicación, a los Responsables de las Direcciones de: Bromatología y Zoonosis, Compras y Suministros y Prensa y Comunicación bajo la supervisión de la Secretaría de Gobierno.------------------------------------ Artículo 3º: Que los gastos que demande la aplicación del presente programa se incorporen al presupuesto Municipal.------------------------------------------------------------------------ Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos; cumplido archívese. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------- ORDENANZA N°34/2020 ACTA N° 2248