18/2020 Modificar art 671 y 687 de la ley tarifaria vigente
Realicó, 30 de julio de 2020.- ORDENANZA VISTO: La Ordenanza Tarifaria vigente; y CONSIDERANDO: Que en el Título Primero – Capítulo Séptimo - Artículo 671, se fijan los montos por zona de la Tasa por Inspección a Propiedades No Edificadas. Que en el Título Quinto – Capítulo Segundo – Artículo 687, se fijan los montos de la Tasa por Servicio de Inspección Veterinaria y Bromatológica. Que debido a la Pandemia COVID-19, se incrementaron los servicios nominados ut-supra (Franja horaria y desinfección), lo que repercute en una mayor estructura de costos, que acarrea a la actualización de los importes para permitir una adecuada prestación de los mismos Que dicha actualización de montos, no afectan de manera directa a la generalidad del frentista común POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE REALICO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA: Artículo 1°: Modificar los Artículos 671 y 687 de la Ordenanza Tarifaria vigente, que quedarán redactados como en ANEXO I, que se adjunta y forma parte de la presente.---------- Artículo 2°: Derogar toda ordenanza que se oponga a la actual. ------------------------------------ Artículo 3°:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.--------------------------------------- ORDENANZA N°18/2020 ACTA N°2236