17/2020 Modificar art. 731 de la ley tarifaria vigente
Realicó, 30 de julio de 2020.- ORDENANZA VISTO: Los montos vigentes para la Tasa por Derecho de Ocupación y Uso de Espacios Públicos; y CONSIDERANDO: Que en el Artículo 731 – Inc. 12, de la mencionada tasa, se fija el monto por el uso de vía pública o subsuelo, ocupado por el tendido de cables, cañerías, tuberías y otras instalaciones similares. Que en el transcurso del corriente año y debido a los efectos ocasionados por la pandemia COVID-19 en el mes de Marzo del corriente, y debido a las consecuencias no solo sanitarias sino económicas, derivadas del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio declarado por Decreto del PEN, es que desde el DEM se decidió postergar la actualización de algunos ítems de la Ley Fiscal y Tarifaria vigente actualmente. Que es menester reformar algunos montos para permitir una adecuada prestación de los servicios comprometidos en el hecho imponible de la tasa en cuestión, ya que no afectan de manera directa al frentista común POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE REALICO SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA: Artículo 1: Modificar el Artículo 731 del Capítulo Sexto de la Ley Tarifaria vigente, en su inciso 12 , el que quedará redactado de la siguiente manera: 12 Por el uso de vía pública o subsuelo, ocupado por el tendido de cables, cañerías, tuberías y otras instalaciones similares, por cada CIEN (100) metros o fracción por mes -----$82,00.----------------------------------------------------------------------------------------- Artículo 2: Derogar toda ordenanza que se oponga a la presente ----------------------------------- Artículo3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal.---------------------------------------- ORDENANZA N°17/2020 ACTA N°2236